Corte colombiana: parejas homosexuales deben tener licencia por adopción
BogotĆ”, 30 nov (EFE).- La Corte Constitucional colombiana falló este miĆ©rcoles que las parejas del mismo sexo que adopten a un hijo deben tener el mismo tiempo de cuidado para los niƱos y niƱas que una pareja heterosexual adoptante, en una sentencia que supone un paso mĆ”s para las parejas homosexuales en el paĆs.
La sentencia se da despuĆ©s de que el alto tribunal admitiera una demanda que alegaba la existencia de un vacĆo legal en cuanto a las parejas del mismo sexo y el proceso de adopción, ya que no estaba contemplado que tuviera los mismos derechos que las parejas heterosexuales.
En este sentido, la corte enfatizó en que no existe principio de razón suficiente que justifique la exclusión de las parejas homosexuales, pues "la norma asume la heteronormatividad y descarta la posibilidad de que las familias homoparentales puedan acceder a ellas", según el comunicado remitido por el tribunal.
De este modo, serÔn los integrantes de la pareja del mismo sexo adoptante quienes definan, por una sola vez, quien disfrutarÔ de cada prestación en las mismas condiciones previstas para las familias heterosexuales adoptantes.
Es decir, tendrƔn que elegir quiƩn toma la licencia de maternidad -de 18 semanas- y quiƩn la de paternidad -de 2 semanas-.
"Esto responde de mejor manera al reconocimiento de modelo de familia diversa y a la forma en la que debe gestionarse equitativamente el cuidado del niño, niña o adolescente adoptado", concluyó la corte.
(c) Agencia EFE