¿Es justo que te despidan del trabajo por lo que publicas en tus redes sociales?

Hace unos días, la canadiense Stephanie Katelnikoff anunciaba a través de sus redes sociales que había ganado el juicio contra su anterior trabajo, una empresa de ferrocarriles, pues la habían despedido por publicar fotografías muy sexis en sus redes sociales.

El caso ha abierto el debate, pues la compañía alegaba que sus publicaciones dañaban la reputación de la empresa. Cabe mencionar que la imagen que más habrían justificado como un agravio era una de ella posando con poca ropa sobre unas vías de ferrocarril. Sin embargo, Katelnikoff asegura que dicha imagen fue publicada antes de ella entrar a trabajar como conductora de locomotora para ellos.

Tras dos años de pleito, sus abogados le han conseguido una compensación económica ante el despido, que se dictaminó como injustificado cuando podría haberse considerado una falta menor, y castigada con una suspensión.

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México y el caso Interjet

En septiembre de 2019 la piloto de Interjet Ximena García utilizó su cuenta de Twitter para proponer tirar una bomba en el Zócalo de la Ciudad de México durante el tradicional Grito de Independencia.

La publicación no tardó en viralizarse y llegar a oídos de la compañía, que no dudó en suspenderla temporalmente de su cargo mientras se abría una investigación al respecto.

Ella se disculpó en video, por sus palabras que el mismo presidente Andrés Manuel López Obrador tachó de inconscientes, y de una acción irracional. ¿Pero son suficientes para justificar un despido, que hasta ahora no se ha confirmado?

¿Qué dicta la ley mexicana?

Hasta ahora, la Ley Federal del Trabajo, no menciona específicamente entre las causas de despido a las redes sociales de forma directa. Sin embargo, como recalcó para Forbes el abogado Ricardo de Buen Rodríguez, la Fracción II del artículo 47 de dicha ley, abre la opción a ‘dudas razonables’, que a juicio de una empresa, podrían justificar un despido a raíz de tus publicaciones en redes sociales.

Bajo esta premisa, de Buen Rodríguez asegura que el problema con la publicación de Ximena García es que, aunque la hiciera a título personal, se la vinculó directamente con la compañía, lo que causaría un despido justificado.

La legislación laboral mexicana todavía no menciona específicamente a las redes sociales, pero sí podría justificar un despido por una publicación en ellas. Foto: Getty Images
La legislación laboral mexicana todavía no menciona específicamente a las redes sociales, pero sí podría justificar un despido por una publicación en ellas. Foto: Getty Images

¿Y dónde queda la libre expresión?

Por supuesto que las redes sociales son un medio más para ejercer la libertad de expresión, pero como explica Arleth Leal, directora de la firma de reclutamiento de ejecutivos Red Ring, estos despidos serían justificados si dichas publicaciones impactan de forma directa la reputación de la empresa para la que se trabaja.

De hecho, y de acuerdo con ella, su compañía tiene constancia de que hasta dos de cada diez empleados habrían perdido su trabajo por algo similar.

El problema aquí no es precisamente que se hagan estos comentarios en las redes sociales, porque el medio no sería lo importante, sino el agravio en sí mismo, como recalca Ricardo Martínez Rojas, socio fundador del despacho de abogados De la Vega y Martínez Rojas.

Ahora bien, si la compañía tiene un código de ética para sus trabajadores en el que incluya su comportamiento en redes sociales, las publicaciones en redes sociales que afecten a la compañía, el despido se justificaría de forma más directa, ya que se incurre en una falta administrativa, cuya gravedad quedaría especificada en el mismo código.

Sin embargo, apenas dos de cada diez empresas en México contarían con un código específico sobre el uso de redes sociales de sus empleados, de acuerdo con Martínez, por lo que de momento la mayoría de los casos mexicanos quedarían bajo consideración de esa ‘duda razonable’, que podría abrirse a muchas interpretaciones.

Así que sí, haría falta que más empresas especificaran un código de ética o protocolos de uso de redes sociales.

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Otros casos sonados

Los casos de despidos a raíz de publicaciones en redes sociales más sonados son de EEUU. Uno de ellos, y muy reciente, involucra a Presley Pritchard, una bombera y paramédica, que fue despedida por su compañía por considerar sus publicaciones en redes sociales demasiado sexis. En la mayoría de ellas se la ve haciendo ejercicio con ropa ajustada.

Presley anunció que demandará a la empresa por dos razones: la primera, la compañía no cuenta con un código de ética para el uso de redes sociales de sus empleados; y el segundo sería discriminación de género, pues, Pritchard pide que se considere que sus compañeros hombres publican fotos similares en redes, incluso con torsos desnudos, y no son castigados por ello.

Justine Sacco encabeza otro caso sonado, pues ella perdió su trabajo como directora de comunicación de la empresa InterActiveCorp por un tuit. Y es que cuando iba a tomar un avión rumbo a África publicó: “Me voy a África. Espero no pillar el sida. Es broma. ¡Soy blanca!”

Según ella se trataba de una sátira a la sociedad estadounidense, y que quien la conoce personalmente sabría que era una broma. Sin embargo, el mensaje no tardó en viralizarse, tachándola de racista, y la compañía decidió que era una causa de despido justificado, pues afectaba su imagen.

Y el último que mencionaremos es el caso de Paul Flart, un guardia de seguridad de Miami, que fue despedido por su canal de Instagram, en el cual se dedica a subir videos de él tirándose flatulencias. Si bien él sigue haciendo lo mismo, la causa del despido fue que en varios de estos videos se encontraba portando el uniforme laboral y dentro de las instalaciones.

Estos tres casos son muy distintos entre sí, y las legislaciones locales son las que ayudarán a aclarar si las consecuencias son o no justificadas. Pero queda claro que la libertad de expresión sí tendría límites si se incita a la violencia o se afecta directamente a la compañía que te emplea.

@travesabarros