¿Cuándo es el siguiente puente? Días festivos oficiales en lo que queda del 2022

¿Tienes ganas de hacer un viaje antes de que termine el año? Pues todavía quedan un par de días festivos oficiales del 2022 ¡y hasta un puente! Así que anótalos y aprovecha.

Y sí, también está la duda de “¿qué pasa si tengo que trabajar en un feriado oficial?”. Aquí te contamos si deberían pagarte doble o triple y en qué casos aplica.

Los siguientes días festivos oficiales del 2022

Aunque hubo quien descansó el 2 de noviembre, este no fue un día de descanso obligatorio reconocido por la Ley Federal del Trabajo y pues ni modo. Sin Yolanda, Maricarmen y a enfocarnos en el siguiente puente del 2022.

En la ley sí se estipula que cada tercer lunes de noviembre hay día de asueto oficial para conmemorar el aniversario de la Revolución Mexicana (20 de noviembre).

Así que en lo que queda del año tendremos puente el lunes 21 de noviembre. Aprovecha para salir a la playa o disfrutar de la calma y tradiciones de un pueblo mágico.

Aunque si eres de la CDMX quizás descanses para revivir del Corona Capital, te eches todo el día al sillón viendo el Mundial Qatar 2022 o seas de los afortunados en ir al partido de la NFL en México.

Y para cerrar el año, el último de los días festivos oficiales del 2022 es el 25 de diciembre, que se da como oficial para celebrar Navidad. ¿Lo único “malo”? Que este año cae en domingo, por lo que no tendremos puente.

No creas que se nos está escapando Año Nuevo, pues la Ley Federal de Trabajo reconoce como día de descanso obligatorio el 1 de enero, por lo que sería el primer asueto del 2023.

Si trabajo esos días, ¿me deben pagar doble o triple?

Al ser días festivos oficiales, lo ideal es que todos podamos descansar. Sin embargo, hay industrias y servicios que simplemente no pueden parar y por eso es necesario que sus empleados trabajen.

El artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo establece que las personas que presten sus servicios en algún feriado oficial tienen derecho a recibir “independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el
servicio prestado“.

Así que esto puede aplicar si te toca trabajar el 21 de noviembre o 25 de diciembre.

Además, como Navidad cae en domingo (que generalmente es día de descanso obligatorio), ahí también puede entrar lo que estipula el artículo 71.

Este dice que las personas que trabajen en domingo “tendrán derecho a una prima adicional de un veinticinco por ciento, por lo menos, sobre el salario de los días ordinarios de trabajo”.

Así es como las y los trabajadores recibirán el triple del salario por ese día.

¿Y si trabajo en días festivos oficiales y no me pagan extra? Para esos casos, te recomendamos acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo al teléfono 55 59 98 20 00 ext. 44740 y 44741 o escribe al correo orientacionprofedet@stps.gob.mx