Pasean a tigre de Bengala en Antara como si fuera un perrito

Es 2020, un año de cosas que jamás creímos que veríamos, como una pareja paseando un tigre de Bengala en el centro comercial Antara como si fuera un cachorrito, con todo y correa y pechera.

La usuaria de Twitter @ZaiPorras compartió la imagen del tigre de Bengala en Antara, un centro comercial ubicado en Polanco, en la ciudad de México:

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Hace unos minutos, Leticia Varela, diputada por Coyoacán y Benito Juárez -y quien se identifica como protectora de animales-, informó vía Twitter que la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) ya analiza “cómo fue adquirido y quién autorizó el procedimiento”.

¿Es legal tener un animal exótico en casa?

En su sitio web, la Profepa tiene un apartado que se llama Autorización de ejemplares exóticos como mascota o animal de compañía.

Al dar clic se lee:

¿Te gustan los animales? ¿Tienes especies exóticas de fauna silvestre como mascotas en tu casa? ¡Debes solicitar la autorización para convivir con ellas! ¡Infórmate aquí!”

Por cierto, el trámite es gratuito. Este es el formato que se debe llenar.

Entre las notas de prensa que aparecen en el sitio web con el término “tigre de bengala” hay una sobre un cachorrito de esta especie en Oaxaca.

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En ella, la Profepa informa que:

“El dueño del cachorro de tigre de bengala presentó una nota de venta, emitida por la Comercializadora de Fauna Exótica con permiso de SEMARNAT, logotipo “ANIMALES EXOTICOS MX”; así como un marcaje de Microchip.”

Además, la nota dice que la documentación verificada cuenta con todos los requisitos que menciona el artículo 51 de la Ley General de Vida Silvestre, por lo que la Profepa pudo acreditar la legal procedencia de esta cachorrita de cuatro meses de edad.

Pasear a tu animalito exótico ¡está prohibido!

A la pregunta “¿puedo pasear a mis ejemplares exóticos libremente?”, la Semarnat responde en su sitio web:

“No, el manejo de ejemplares y poblaciones exóticos sólo se podrá llevar a cabo en condiciones de confinamiento, con la finalidad de prevenir y minimizar los efectos negativos sobre los procesos biológicos y ecológicos, así como la sustitución o desplazamiento de poblaciones de especies nativas que se distribuyan de manera natural en el sitio, quedando estrictamente prohibida la liberación al medio natural.

Además, aquellos ejemplares de especies que por su naturaleza, ante un inadecuado manejo o evento que ponga en riesgo a la población civil, deberán ser reubicados por la SEMARNAT.”