Poderes sí, pero no todos: mañana se celebra en Luxemburgo una no abdicación
No es una abdicación, tampoco implica una proclamación y el príncipe heredero seguirá siendo el príncipe heredero, sin embargo, algo va a cambiar en la monarquía de Luxemburgo, distinta al resto de las casas reales europeas. Este 8 de octubre el gran duque Enrique de Luxemburgo delegará parte de sus poderes y funciones a su hijo mayor, el príncipe Guillermo, que pasará a ser el “Lugarteniente” de su padre en una ceremonia que comenzará en el Gran Palacio Ducal y que continuará en el Congreso de los Diputados. Un relevo generacional único en un trono europeo, en el que padre quiere demostrar la confianza que tiene depositada en su hijo, pero sin darle de momento la jefatura del Estado.
Hay que llegar hasta el artículo 42 de la Constitución de Luxemburgo, un microestado de 2.600 kilómetros cuadrados entre Francia, Alemania y Bélgica que no supera el millón de habitantes, para encontrar la figura del “Lugarteniente del Gran Duque”, que es una figura que el propio Gran Duque puede designar para hacerse representar y cuyo único requisito es ser príncipe de sangre real de la dinastía de los Nassau y residir en el país. Se puede decir que es una especie de regencia en positivo, ya que no tiene que ocurrir ninguna desgracia para que alguien reine de manera temporal, para lo que tendrá que prestar el juramento de observar la Constitución en el Congreso de los Diputados antes de ejercer sus poderes, una ceremonia que está prevista para este 8 de octubre y en la que no faltará el habitual recorrido a pie que suele hacer la Familia Ducal.
Todavía no se sabe qué ocurrirá después, es decir, se desconoce qué tareas quedarán en manos del príncipe Guillermo desde que preste juramento este 8 de octubre, por cuánto tiempo y qué ocurrirá después. Aunque se contemplan varios escenarios posibles como que esta sea la antesala de una cesión total de poderes que podría llegar en el año 2025, cuando Enrique de Luxemburgo complete su cuarto de siglo al frente de la institución. Por otro lado, también cabe señalar que el príncipe Guillermo todavía tiene dos hijos muy pequeños, Charles, el próximo heredero, que nació en el 2022, y François, que vino al mundo un año después, así que este mecanismo permite que su mujer, la princesa Estefanía, permanezca un tiempo más teniendo un papel secundario dentro de la institución.
“La transmisión y la confianza son dos elementos esenciales en la relación con mi hijo. En algún momento pienso retirarme, es evidente”
“Creo que es muy importante dar una oportunidad a los jóvenes. La transmisión y la confianza son dos elementos esenciales en mi relación con mi hijo. En algún momento pienso retirarme. Eso es evidente”, comentó el gran duque Enrique en la entrevista que concedió en el programa Place Royale de RTL el pasado mes de abril con motivo de su 69 cumpleaños, unas declaraciones que apuntan a que esta transmisión podría no ser otra cosa que una fase más intensa del entrenamiento del príncipe heredero de cara a su futuro en la jefatura del Estado. Mientras, para el Gran Duque, es una oportunidad de aminorar la marchar.
Hay que señalar que esta “lugartenencia” no es una peculiaridad de esta generación, ya que el gran duque Enrique ejerció este papel durante dos años antes de que su padre, Juan de Luxemburgo, abdicara a su favor en el año 2000; y a su vez, Juan de Luxemburgo ejerció de Lugarteniente para su madre, la gran duquesa Carlota, que abdicó después de 45 años en el trono, siendo la gran duquesa con más tiempo en el cargo de una familia que no tiene por tradición el “reinar” hasta el final.
Guillermo de Luxemburgo estudió Política Internacional en el Reino Unido y se gradúo en la Real Academia Militar de Sandhurst
Monarquía constitucional y parlamentaria, el gran duque es la piedra angular de un sistema institucional que cumple con la máxima de que “el soberano reina pero no gobierna”, así que es el representante de la identidad del país, símbolo de su independencia, la unidad del territorio y la permanencia del Estado. Entre sus funciones está promulgar las leyes, dictar los decretos necesarios para su ejecución, organizar los servicios administrativos, nombrar determinados puestos civiles y militares. La Constitución le reserva el derecho de indulto de las penas dictadas por los jueces y también puede destituir a los ministros, derecho que nunca se ha aplicado.