Salmoneras niegan que existan concesiones caducadas en el sur de Chile

Santiago de Chile, 4 oct (EFE).- La Asociación de Salmonicultores de Magallanes y el Consejo del Salmón, dos de las principales organizaciones para la explotación de salmones en Chile negaron este martes que existan concesiones caducadas en cinco áreas protegidas como denunció días atrás la Fundación Terram.

Según la citada fundación, un total de 280 concesiones salmoneras ubicadas dentro de áreas protegidas se mantendrían vigentes pese a haber incurrido en alguna de las causales de caducidad establecidas en la Ley de Pesca y Acuicultura.

"De acuerdo al registro de operatividad de Sernapesca, la omisión de las autoridades permitió que 110 centros de cultivo de salmones pudieran operar después de haber incurrido en alguna de las causales de caducidad establecidas en la ley", agregó el abogado de Terram, Pablo Rojas.

En respuesta, y en un comunicado enviado a Efe, la Asociación de Salmonicultores de Magallanes y el Consejo del Salmón argumentó que "según la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas no hay 280 concesiones en Áreas Silvestres protegidas".

Y aseguró que "de acuerdo con información recientemente entregada por la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas existirían 108 concesiones de acuicultura legalmente otorgadas dentro de áreas protegidas de las regiones de Aysén y Magallanes.

"La denuncia de Terram parece no considerar el criterio de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura que señaló sobre las concesiones que estén en su primer año “se entiende que existe operación cuando el centro deba cumplir con el periodo de descanso o paralización por resolución de la autoridad”.

"El artículo 69 bis de la LGPA indica que el titular de una concesión debe iniciar sus operaciones dentro del plazo de un año contado desde la entrega material de la concesión. Al respecto, el Oficio N°1939 de 2013 de Subpesca, señala que para los efectos del artículo: “se entiende que existe operación cuando el centro deba cumplir con el periodo de descanso o paralización por resolución de la autoridad", agregó.

"Terram parece interpretar erróneamente el artículo 69 bis. de la LGPA respecto a la alternativa que tienen las concesiones de suspender actividades por más de dos años desde la última cosecha. El artículo 69 bis de la LGPA autoriza inicialmente a las empresas productoras de salmón a suspender operaciones por dos años", concluyó.

(c) Agencia EFE