¿Ernestina Sodi hizo uso de la voluntad anticipada?

CIUDAD DE MÉXICO, noviembre 10 (EL UNIVERSAL).-El pasado 8 de noviembre se dio a conocer el fallecimiento de la escritora y periodista Ernestina Sodi, quien murió a los 64 años a causa de complicaciones derivadas de una ruptura en la arteria aorta, que le provocaron dos infartos.

Su deceso fue confirmado por su hija, la actriz Camila Sodi, a través de sus redes sociales, donde expresó el dolor de perder a su madre y abuela de sus hijos.

De acuerdo con el periodista Adolfo Infante, Camila Sodi, en calidad de hija, habría firmado la voluntad anticipada de Ernestina Sodi; sin embargo, hizo énfasis en que, aunque se ha difundido esta información, no se tiene certeza de si realmente existía una carta poder que autorizara a Camila a firmar en nombre de su madre.

"Mucha gente lo retomamos, yo lo retomé (...) pero la realidad es que no tenemos la certeza que Camila haya tenido una carta poder o sea la apoderada para firmar por su mamá una voluntad anticipada que finalmente es: si yo llego a estar grave, yo firmo mi voluntad anticipada para que no me den sobrevida", dijo.

¿Qué es la Ley de Voluntad Anticipada en CDMX?

De acuerdo con el gobierno de México, la voluntad anticipada es un derecho legal que permite a una persona decidir, de manera anticipada, sobre los tratamientos médicos que desea recibir en caso de encontrarse en una etapa terminal, cuando la medicina ya no pueda curar su enfermedad o prolongar su vida.

De acuerdo con el artículo primero de la Ley, la voluntad anticipada no tiene como objetivo prolongar ni acortar la vida de la persona, sino respetar su decisión de no recibir tratamientos médicos que sólo alargarían innecesariamente su sufrimiento.

En México, la Ciudad de México fue pionera en aprobar esta legislación, y hoy en día más de 10,000 personas han registrado su voluntad anticipada en el país. Es fundamental que cualquier persona que desee ejercer este derecho lo haga de manera informada y consciente, ya que se trata de una decisión trascendental sobre el cuidado médico en una etapa de la vida muy delicada.

¿Quién puede solicitar una Voluntad Anticipada?

Según la Secretaría de Salud, cualquier persona mayor de 18 años que padezca una enfermedad grave o limitante para la vida, para la cual los tratamientos curativos hayan dejado de ser efectivos, tiene derecho a solicitar una voluntad anticipada.

La persona interesada debe presentar su solicitud ante personal de salud en instituciones médicas públicas o privadas en la Ciudad de México, o bien ante un notario público.

En el caso de las personas que se encuentren diagnosticadas con una enfermedad terminal, pueden realizar este trámite sin necesidad de contar con una enfermedad terminal diagnosticada previamente. Sin embargo, es importante destacar que esta solicitud debe realizarse cuando la persona esté en pleno uso de sus facultades mentales, sin que exista presión externa alguna.

¿Cómo se puede emitir la voluntad para recibir los beneficios de la Ley?

El proceso para emitir una voluntad anticipada varía según el contexto, ya que se pueden realizar dos tipos de trámites: uno mediante el formato que se firma en las instituciones de salud y otro ante notarios públicos.

Instituciones de salud: Para aquellas personas que ya tengan un diagnóstico de enfermedad terminal, pueden solicitar su voluntad anticipada en hospitales o clínicas públicas o privadas. La persona debe ser diagnosticada por un médico tratante y deberá estar en el uso pleno de sus facultades mentales.

Ante notario público: Las personas que no tengan una enfermedad terminal diagnosticada también tienen la opción de expresar su voluntad anticipada ante un notario público. Este trámite es aplicable a cualquier persona mayor de 18 años que desee tomar esta decisión por anticipado.

En ambos casos, la persona interesada debe expresar su deseo de manera libre, sin presiones, y nombrar a un ejecutor que se encargue de velar por el cumplimiento de sus decisiones en el futuro. Además, en ambos trámites, se puede decidir sobre la donación de órganos.

¿Cuáles son los requisitos para emitir la Ley de Voluntad Anticipada?

Para formalizar la voluntad anticipada existen ciertos requisitos que deben cumplirse. Entre ellos se incluyen:

Ser mayor de edad (18 años o más).

Contar con identificación oficial vigente, como el INE, cédula profesional, pasaporte o cartilla de servicio militar.

Elegir uno o dos representantes que validen y sean testigos de la voluntad expresada.

Formalizar el pago correspondiente ante el notario público, si se opta por este trámite.

En el caso de hospitales, además de los documentos de identificación, se debe contar con un resumen clínico que certifique que la persona padece una enfermedad amenazante o limitante para la vida.